Tribunal Supremo cierra vía a la residencia permanente a beneficiarios del TPS

Tribunal Supremo cierra vía a la residencia permanente a beneficiarios del TPS
Varios «Tepesianos», nombre relativo a los beneficiados por el TPS (Estatus de Protección Temporal), durante una protesta. (Foto: EFE/Lenin Nolly)

La decisión del Tribunal Supremo de Justicia que cierra la vía a la residencia permanente para los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) que ingresaron de forma irregular a Estados Unidos realza la urgencia de una reforma migratoria, dijo Helena Olea, de la coalición proinmigrante Alianza Américas.

El Supremo rechazó ayer un fallo del Tribunal Federal del Octavo Circuito en el caso Sánchez vs. Mayorkas y ratificó su propio dictamen de junio según el cual los beneficiarios del TPS que entraron al país sin autorización no pueden solicitar la residencia legal, conocida como «tarjeta verde» (green card).

La decisión del Tribunal Supremo «tiene impacto importante para personas que ingresaron de manera no autorizada, que se benefician de estatus TPS y luego, como resultado de matrimonio con un residente o ciudadano, buscan cambiar estatus migratorio», dijo Olea a Efe en una entrevista telefónica.

El programa TPS cubre a ciudadanos de una docena de países en los cuales el Gobierno de Estados Unidos determina que han ocurrido desastres naturales o existen condiciones de violencia que justifican el amparo por tiempo limitado de esas personas.

«Esa es la gran debilidad del TPS. Tiene a las personas en un limbo migratorio. Pueden trabajar, tienen garantía de que no serán deportadas siempre y cuando no cometan crímenes. Pero no hay un camino para la residencia permanente», señaló Olea.

«Las condiciones en sus países de origen no mejoran, no pueden regresar y, en reconocimiento de ello, las sucesivas administración renuevan las designaciones de países para TPS. Pero no se resuelve la residencia. La única solución es la reforma legislativa», sostuvo.

 

 

El Tribunal Supremo ya había fallado en junio que la concesión de este estatus de protección temporal no cuenta como admisión legal a EE.UU.

«Es interesante la distinción que hace la Corte entre ‘admisión’ y ‘estatus’. Es una lectura muy apegada al texto de la ley», manifestó Olea.

«Esto nos recuerda, una vez más, la necesidad de una reforma migratoria y pone sobre la mesa si lo oportuno es buscar reforma integral o si más bien algunos de estos aspectos podrían resolverse con reformas parciales» dijo.

«La reforma integral es un proyecto sin futuro», agregó. «Pero hay elementos particulares, pequeños ajustes a la legislación en los cuales se puede avanzar”.

La demanda a la que se refiere la decisión del Supremo la había interpuesto un matrimonio salvadoreño amparado por TPS y que ingresó ilegalmente a EE.UU. en 1997 y, después de una serie de terremotos en su país, solicitó y recibió TPS. Tras la decisión de ayer, los demandantes no tienen otros recursos en tribunales.

Unas 400.000 personas, en su mayoría de El Salvador, viven en EE.UU. amparadas por el TPS, que les permite residir y trabajar legalmente en el país en tanto el Gobierno determine que no existen condiciones seguras para su retorno a sus países de origen.

Actualmente el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha aprobado este programa para ciudadanos de Birmania (Myanmar) , El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Siria, Venezuela y Yemen.