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¿De qué se trata el Perdón por Presencia Ilegal que fue expandido en agosto del 2016?

¿De qué se trata el Perdón por Presencia Ilegal que fue expandido en agosto del 2016?
¿De qué se trata el Perdón por Presencia Ilegal que fue expandido en agosto del 2016?

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Por: Ana María Bazán, Abogada de Inmigración

Las personas que entraron ilegalmente a Estados Unidos, o que se les venció su estadía y estén acumulando presencia ilegal podrían solicitar este perdón. Deben tener una aprobación de petición familiar o de empleador, y si no la tienen se podría procesar ahora.

El proceso del perdón provisional es de tres pasos. Primero, se debe hacer la petición familiar o de empleador, luego hacer el perdón, y por último el proceso consular. Aunque el perdón se hace dentro de EE.UU. y se espera su aprobación dentro del país, la persona debe de todos modos ir a su país de origen para la entrevista y la aprobación, así regresan con su visa de inmigrante a EE.UU. y luego reciben la residencia por correo.

El 29 de agosto del 2016 el perdón provisional por presencia ilegal fue expandido. Ahora calificaran no sólo los familiares inmediatos de ciudadanos sino también todas las categorías de preferencias de familiares, y de empleadores incluyendo la lotería de visas entre otros.

Bajo este reglamento, el perdón lo podrán solicitar ciertos inmigrantes indocumentados que tengan familiares ciudadanos y residentes permanentes de EE.UU., como esposos, padres, hijos solteros y hermanos, entre otros. También incluirán las peticiones de trabajadores inmigrantes extranjeros, incluyendo derivados. Esto incluye todo tipo de preferencias para trabajadores calificados. Además calificaran los viudos(as) o inmigrantes especiales.

Para este perdón, es necesario probar sufrimiento extremo de los parientes. Los parientes que deben probar perjuicio extremo son solo padres o cónyuges ciudadanos o residentes estadounidenses del inmigrante. Es esencial que pruebe sufrimiento extremo para el familiar ciudadano o residente que ha calificado.

La interpretación de sufrimiento extremo es un análisis legal que solo su abogado debe determinar muy cuidadosamente con usted. Cada caso es diferente. Tiene que ver con factores de salud física y mental, económicos y las condiciones en el país de origen, entre otros factores.

Una abogada con experiencia puede determinar si usted califica. Inclusive las personas que tuvieron deportación o remoción de los Estados Unidos también podrían calificar para este perdón.

Necesitan consultar con una abogada con mucha experiencia y conocimiento sobre las leyes de inmigración. El proceso no es fácil y no todos califican. Cuando hay cambios grandes hay engaños grandes. Debe de asegurarse si califica antes de hacer el perdón.

No se le recomienda que salga del país para su entrevista salvo de que esté completamente seguro que califica y su perdón por presencia ilegal haya sido previamente aprobado.

Si usted no tiene otras barreras que le impidan ser residente entonces sí podría hacer todo el proceso. Es imperativo consultar con una especialista honesta y confiable. No dude en llamar a su abogada de confianza Ana María Bazán y hacer su cita. Puede llamar al (718) 478-8583.